Beneficio de Maternidad en colectivo
a) En caso de Parto Normal, se reembolsará la cantidad contratada.
b) En caso de Aborto, se reembolsará Ia mitad de Ia cantidad contratada.
Si se contrata con período de espera, los gastos quedarán amparados solo si eI embarazo de Ia asegurada se inició cuando ya estaba incluida en la póliza.
Considerando las características de Ia cobertura, solo se cobra prima a las participantes cuya edad sea menor a 45 años.
Gastos no cubiertos
Afectaciones propias del embarazo, abortos, partos prematuros, partos normales o anormales, legrados, cualesquiera que sea su causa, y toda complicación del embarazo, del parto o del puerperio, cualesquiera que sea su causa. -Dado que el seguro colectivo de gastos médicos mayores no cubre estos, se menciona en otro punto el beneficio por maternidad-.
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